CONDENA ENÉRGICA CONTRA DELITO DE ODIO EN EL FÚTBOL #AprendeDiversidad.
El contexto en el que se produce es en
la “previa, durante y post” de un partido de fútbol, por los insultos racistas
recibidos a un jugador del Real Madrid C.F. llamado VINICIUS JR
Según analizadas las imágenes y los
audios captados desde un lugar próximo a la grada del único fondo del estadio
de Son Moix ocupado por público, LaLiga ha trasladado toda la información
recabada junto con su denuncia, tanto a los Juzgados de Instrucción de Palma de
Mallorca, como al RCD Mallorca al objeto de que se persone en la causa.
El colectivo discriminado serían futbolistas por su origen racial y estaríamos
ante una discriminación directa: Se da cuando una persona es tratada de manera
menos favorable que otra en una situación análoga, por razón de su sexo, su
origen étnico o racial, discapacidad, edad, orientación,sexual, etc.
La estrategia que han seguido para
acabar con este tipo de discriminación es la denuncia:
Según informa LA LIGA “ Esta es
la sexta denuncia que LaLiga presenta por insultos o cánticos racistas en
contra de Vinicius Jr. Si bien, tres de ellas fueron archivadas por los
Fiscales delegados para los Delitos de Odio en Barcelona, en Mallorca y en
Madrid, respectivamente. Actualmente, están siendo objeto de tramitación otras
dos denuncias ante los Juzgados de Instrucción de nº 4 Valladolid y nº 28 de
Madrid.”
https://www.laliga.com/noticias/nota-informativa-sobre-los-insultos-racistas-a-vinicius-jr
Tipo de delito: DELITO DE ODIO (ART 510
Código Penal)
CAPÍTULO IV. De los delitos relativos al
ejercicio de los derechos fundamentales y libertades públicas.
Sección 1.ª De los delitos cometidos con
ocasión del ejercicio de los derechos fundamentales y de las libertades
públicas garantizados por la Constitución
Ley Orgánica 10/1995, de 23 de
noviembre, del Código Penal.
Artículo 510.
1. Serán castigados con una pena de
prisión de uno a cuatro años y multa de seis a doce meses:
a) Quienes públicamente fomenten,
promuevan o inciten directa o indirectamente al odio, hostilidad,
discriminación o violencia contra un grupo, una parte del mismo o contra una
persona determinada por razón de su pertenencia a aquel, por motivos racistas,
antisemitas, antigitanos u otros referentes a la ideología, religión o
creencias, situación familiar, la pertenencia de sus miembros a una etnia, raza
o nación, su origen nacional, su sexo, orientación o identidad sexual, por
razones de género, aporofobia, enfermedad o discapacidad.
Otro de los mecanismos para poder acabar
con este tipo de discriminación es la habilitación de un correo electrónico, para
acelerar la identificación de cualquier persona o grupo de personas que
manifiesten conductas racistas en cualquier estadio o fuera de él, LaLiga ha
habilitado el email StopRacismo@laliga.es para
que los aficionados puedan ponerse en contacto con LaLiga y facilitar la
identificación necesaria para cursar las denuncias pertinentes.
Por otra parte, la Comisión Estatal
contra la Violencia, el Racismo, la Xenofobia y la Intolerancia en el Deporte ha
condenado los hechos según nota de prensa y se ha reunido con la Fiscalia
General del Estado.
Por último, la Asociación de
Futbolistas Españoles (AFE) y Movimiento contra la Intolerancia han firmado
un acuerdo de colaboración fin de luchar conjuntamente contra el racismo, la
xenofobia o la violencia en el mundo del fútbol y se personarán como acusación
popular conjuntamente ante cualquier acto que atente contra los
básicos y fundamentales principios deportivos y sociales que deben imperar en
el fútbol.
https://www.afe-futbol.com/afe/afe-y-movimiento-contra-la-intolerancia-acuerdo-colaboracion/

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